Se informa a los Miembros que el CACCV pone a su disposición valores de referencia para procedimientos incluidos en el nomenclador, vinculados a la especialidad.
Estos valores representan una base mínima y son considerados como honorarios profesionales dignos.
Dado que el CACCV no cuenta con una estructura formal de negociación con financiadores del sistema de seguridad social ni del sector privado, estos valores deben ser tomados únicamente como una guía orientativa.
Recordamos que el CACCV es una institución de carácter estrictamente científico. Para asumir un rol de mediación con capacidad administrativa, es indispensable contar con el respaldo mayoritario de sus miembros.
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